doodah - 31-7-2003 at 00:54
"Los profesores deberán estar presentes en su centro de destino el día 1 de septiembre de 2003, fecha en que los centros inician su actividad, a
fin de participar en la evaluación de alumnos y en las tareas de organización del curso escolar. En el caso de que el profesorado con nuevo destino
para el curso 2003/2004 fuera necesario para realizar sesiones de evaluación en el centro de su anterior destino, solicitará el correspondiente
permiso a la dirección de su centro actual por el tiempo necesario para desarrollar dichas evaluaciones."
¿Qué voy a hacer yo evaluando a gente que no conozco y dejando a quienes conozco y tengo que hacer la recuperación? Si el 1 tengo que estar en el
nuevo, no me da tiempo a llegar al viejo a las 11!!!!!! Socorro! Uno está en el norte de Madrid y otro en el sur de la Comunidad de Madrid, y no tengo
cocheeeee!
De verdad, qué locura!
Por favor, que alguien me aclare algo, si es posible. Gracias
Aclaración posterior: Al parecer, "el centro de destino" no es necesariamente el nuevo, puesto que los contratos con el viejo van hasta el
14 de septiembre.
He llamado a la DAT-Centro, Personal
doodah - 31-7-2003 at 13:33
Creo que he hablado con la Jefa de Gestión de Personal de la DAT-Centro.
Me ha dicho que lo del 1 de septiembre no es para el personal interino.
Si tuviste vacante en un centro y te han asignado otro, tú en principio sigues en el antiguo hasta el 14 de septiembre, para poder terminar el curso
(recuperaciones y tal).
PERO
Del 2 al 5 de septiembre tienes que presentarte en la DAT que te vaya a contratar para hacer los papeles: lleva DNI, datos bancarios, de SS,
título(s), CAP. (Original y copia; dos del dni, creo recordar).
Luego, con el papel de la DAT, vas al nuevo centro.
El Jefe de Personal de la DAT-Sur dice que hay que presentarse el 1 de septiembre si no se está en un centro y se tiene en él trabajo
(recuperaciones).
Otro forista dice que cuanto antes te presentes antes cobras con ese centro, digamos, ¿se entiende? O sea, que si no tenías curro (difícil, no?), te
convendría ir cuanto antes, para darte de alta en el centro.
Como se ve, hay dos versiones. Yo iré a mi centro antiguo el 1, porque hay recuperaciones, a la DAT el 2 y a ver qué pasa, cruzaré los dedos. Pero eso
de que antes tenemos que ir al centro nuevo a que nos den una carta para certificar que nos presentamos en el puesto de trabajo el día 1 es demencial,
puesto que las listas se publican y lo primero debería ser hacer los papeles con la DAT, como siempre...
Alucina, vecina: esto fue lo que pasó
doodah - 6-9-2003 at 14:15
En la DAT-Sur obligaron a llevar una carta del centro de destino que dijera que te habías presentado allí el 1 de septiembre.
Esto implicó que no pudimos cumplir con nuestras obligaciones en el centro cuya DAT nos pagará hasta el 14 de septiembre, el centro anterior.
Tuvimos que ir al "nuevo" centro SIN CREDENCIAL. Deberíamos habernos intercambiado centros como Acción Directa Noviolenta de protesta frente
a tamaña barbaridad.
Y luego, para colmo, al entregar los papeles entre el 2 y el 4, no nos dieron ningún documento que demostrara que así lo habíamos hecho. Siempre,
hasta entonces, nos habían dado la credencial en la DAT y la habíamos llevado al centro, y nos quedábamos copia de la misma, claro, el original.
Mucha gente no pudo entregar los papeles por no tener esa carta. Y tuvo que volver otro día a las colas "centenarias"! (Jajajaj)
Es también cuestionable que ese requisito del 1 de septiembre que impuso la DAT-Sur sea una modificación legítima o legal al calendario oficial,
publicado por el Jefe de Recursos Humanos del MEC.
Creo que esto lo he sacado en más temas, así que siento si se ha hecho pesado. Pero es importante saber qué cosas están de hecho pasando.