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Author: Subject: ANÁLISIS IMPORTANTE SOBRE OPOS
profa de inglés
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[*] posted on 1-8-2004 at 18:51
ANÁLISIS IMPORTANTE SOBRE OPOS


Hola a todo el mundo.

Os copio un mensaje que envía "ATÓNITO" al foro de CCOO. Le responde malamente, pero a mí el mensaje me parece respetuoso, objetivo y observante, es decir, refleja exactamente lo que venimos hablando cientos de personas que conocemos la situación en nuestra propia carne.

Por si lo queréis comentar. Yo he ido al foro de CCOO para responder en agradecimiento a este compañero titular (mis respetos) pero no funciona, probaré otro día.

Si os hace el debate, seguimos subiendo información.

Saludos

---

MEnsaje de ATÓNITO

Hola

Soy profesor de secundaria, con más de veinte años de antigüedad en el cuerpo, (en el cuerpo de PES, en el mío tengo bastante más antigüedad) y no salgo de mi asombro al tener noticia de la ignorancia, en algunos casos, de la insolencia y desfachatez, en otros, con la que han actuado algunos tribunales en estas oposiciones, con la más absoluta indiferencia a los criterios de "igualdad, mérito y capacidad" por los que se deben regular los procedimientos selectivos del personal de la función pública (también la docente). Siento tener que decir estas cosas de algunos de mis compañeros de profesión y funcionarios de la E. Pública, pero creo que no se pueden BURLAR, bajo ningún concepto, los principios democráticos, por los que se regula el acceso a la función pública, y que tal BURLA no puede ni debe ser tolerado por quienes creemos en la E. Pública, ni por quienes, con mayor o menor apoyo del profesorado, están comprometidos en su defensa, como los sindicatos.

Resulta intolerable que se haya burlado el caráctyer público de una oposición, amparándose en un punto de la Ley por la que se regula el acceso a la función pública que permite omitir la lectura pública del examen cuando no sea necesario, y que se refiere con toda claridad a aquellas pruebas de acceso a determindas áreas de la función pública que se realizan mediante exámenes tipo TEST (de corrección mecánica, por lo tanto) y en la función pública docente sólo podría aplicarse a aquellas especialidades en las que la prueba práctica NO SE PUEDE LEER, como podría ser Dibujo, para poner un ejemplo. Omitir la lectura pública es ir contra el principio de publicidad, y es ridículo en el acceso a la función docente, rozando ya el absurdo en las pruebas de idiomas, por ejemplo, en donde no es indiferente el dominio del idioma a nivel oral, y el conocimiento de dicho nivel por parte de los demás participantes.

Resulta intolerable, por ejemplo, porque va contra el espíritu y la letra de la ley, y es, en consecuencia, antidemocrático, que se repartan las plazas ofertadas proporcionalmente al número de tribunales (4 por tribunal, o 6 por tribunal, o las que sean) cuando la ley deja claro cómo deben actuar las Comisiones de Selección: ordenando a los opositores que participan en el PROCEDIMIENTO (no ante este o aquél tribunal) por la puntuación obtenida, y asignando las vacntes según dicho orden. Y esto ha ocurrido en algunas especialidades de secundaria y de la EOI (basta analizar en qué especialidades hay una distribución homogénea de plazas por tribunal; se puede burlar la ley, pero no las matemáticas: la distribución de plazas debe ser aleatoria SIEMPRE).

Resultaría intolerable, por las mismas razones, Y COMO CONSECUENCIA DE DICHA DISTRIBUCIÓN, que se haya podido modificar la nota obtenida en la primera (se comentó que había instrucciones de que no deberían pasar más del 10% de los candidatos esta primera fase) o en la segunda prueba (la llamada encerrona) a posteriori, para para acortar la duración de las oposiciones y/o para hacer encajar a los aprobados en dicha distribución apriorística de las plazas por tribunal, en los que esto se haya producido, suspendiendo a "los que sobraban". Los sindicatos deberían poder cotejar, de oficio, las actas de las calificaciones que debe elaborar cada tribunal con los resultados de la lista elaborada por las Comisiones de Selección bajo sospecha (bajo sospecha matemática, por supuesto, no política). Caso de haber modificado alguna calificación no cabe duda de que sería un acto administrativo GRAVÍSIMO, del que los responsable, aunque solo hubieran actuado de tal modo por ignorancia, deberían responder. Y deberían responder porque en el Decreto de la convocatoria se deja claro que las Comisiones de Selección, o los Tribunales, pueden solicitar de la Administración, la presencia de un asesor para las cuestiones técnicas. No se puede participar en un tribunal sin ni siquiera leer el Decreto por el que se regula la convocatoria (ya no digo los temas de los que se deben examinar los participantes). La democracia debe ser rigurosa con sus procedimientos: no se puede dejar lugar para la sospecha. ¿Pedimos transparencia a las empresas privadas en su gestión económica, y admitimos como normal la opacidad en la Administración Pública?

Resulta intolerable, aunque no sea probablemente más que un acto de ignorancia, que se devuelva a los opositores documentos que forman parte de la calificación de la prueba. Copio el mensaje que acabo de poner en otro lugar, ya que acabo de enterarme de que, al menos en la EOI, eso ha ocurrido al menos en varias especialidades: "Así es como estoy, ATÖNITO, despues de leer que un tribunal de oposiciones (de español para extranjeros) de la EOI HA DEVUELTO LAS PROGRAMACIONES, lo que queda EXPRESAMENTE PROHIBIDO por el DECRETO de Convocatoria de las oposiciones, donde se dice claramente que las programaciones deben permanecer en poder de los tribunales, NO PUDIENDO SER DEVUELTAS A LOS INTERESADOS, a dIferencia de lo que ocurre con el resto de la documentación presentada (que sí es devuelta en los plazos fijados por la Administración, tal como consta en el mismo Decreto). Señores, LOS TRIBUNALES NO PUEDEN DEVOLVER LAS PROGRAMACIONES (EXÁMENES) EN NINGÚN CASO A LOS INTERESADOS." Leed el Decreto, donde se habla de la devoluciones...

Pregunto: ¿No pueden los sindicatos actuar de oficio en estos casos?

En los últimos años he tenido la suerte de trabajar con multitud de compañeros y compañeras interinos, y he podido constatar el grado de formación y con frecuencia de entusiasmo con el que acceden a los IES. Creo que eso debería hacerles merecedores del mayor respeto y consideración por parte de sus compañeros funcionarios de carrera, además del que como ciudadanos de una democracia les es debido. En mi nombre, y en el de quienes sí creemos en, y luchamos por, una E. Pública de calidad, que somos muchos y muchas, deciros que me siento abochornado por las cosas que he leído aquí sobre algunas especialidades y/o tribunales, y las que me han contado los compañeros y compañeras interinos de nuesto IES. Lo siento.
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[*] posted on 5-8-2004 at 14:13


Atónito ha contestado al representante de CCOO que le contestaba el mensaje de arriba. Os copio su mensaje porque me parece muy bueno para comprender la situación y pedir unos mínimos legales para la próxima:

Atónito, del foro de CCOO (FREM):

Escrito el: 02 Agosto 2004 a las 3:07am | IP registrada

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Hola y gracias por tu respuesta

Pero lo único que hago es recoger las críticas que se han publicado en la prensa, en estos foros, y en "la calle" (pero ¿qué es la calle?, me diréis, eso no es serio...)de supuestas irregularidades en los procesos selectivos. No digo nada nuevo, nada que no se haya dicho ya. Y probablemente todo esté ya denunciado. Me permito valorar todo eso como intolerable en un Estado de Derecho, pero no pretendo que se comparta mi valoración. En un breve y reciente reportaje sobre Gades, a raíz de su fallecimiento, le oí decir algo así como que "antes que el arte está la ética"; yo pienso lo mismo respecto al tema que nos ocupa, de ahí la adjetivación como intolerables de tales supuestas irregularidades. Me alegra que lo hayas comprendido y entiendo que no entres en valoraciones, como responsable de los foros.

La interpretación jurídica, que no moral, (ético-política prefiero decir, ya que no entiendo como se puede separar la moralidad de la política), de las actuaciones señaladas, es harina de otro costal, como sabemos todos (¿cuántas demandas que considerábamos justas hemos interpuesto por vía judicial, a través de los sindicatos, y han sido jurídicamente desestimadas?...)

En fin, en todo caso me permito aportar algunos extractos de la legislación vigente por la que deben regularse estos procesos que me han llevado a formular tales valoraciones.



1) Respecto a la cuestión de la publicidad.

En el "Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo y en el Cuerpo de Inspectores de Educación" se dice lo siguiente en el TÍTULO II.
NORMAS COMUNES A TODOS LOS PROCEDIMIENTOS, en su CAPÍTULO I. DE LOS PRINCIPIOS RECTORES Y DE LOS ÓRGANOS CONVOCANTES:

Artículo 2. Principios rectores de los procedimientos.

Todos los procedimientos regulados en este reglamento se realizarán mediante convocatoria pública y en ellos se garantizarán, en todo caso, los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
Los procedimientos a que se refiere este reglamento se regirán por las bases de la convocatoria respectiva, que se ajustarán, en todo caso, a lo dispuesto en este reglamento y a las demás normas que resulten de aplicación.


Y más adelante, en el CAPÍTULO III. DE LAS CONVOCATORIAS, se dice en su a. 10, apartado h:

Artículo 10. Contenido de las convocatorias.

h. En aquellas pruebas escritas en las que no se requiera la exposición oral por el candidato o lectura ante el tribunal, deberá garantizarse el anonimato de los aspirantes.

De ello se sigue razonablemente (puede que no jurídicamente) que la norma general es la de publicidad, pero la particular, en aquellos casos en que no se requiera la exposición oral, pero sólo en esos casos, que el ejercicio deberá ser leído por el tribunal garantizando el anonimato. ¿No se está conviertiendo la excepción en la regla? ¿No se está vulnerando el principio de publicidad? Que los juristas lo decidan, por supuesto. Pero yo creo que sí. Y como ciudadano me preocupa que se vuelva a convertir en norma la opacidad administrativa, como lo fue en otros tiempos. Como dije anteriormente, en una democracia ningún procedimiento puede estar bajo sospecha.



2) Sobre la ordenación de los aspirantes ¿por Tribunal o por especialidad?

En el mismo Real Decreto se dice, en el TÍTULO III. DEL SISTEMA DE INGRESO, en su CAPÍTULO IV. DE LA CALIFICACIÓN DE LAS DISTINTAS FASES Y SELECCIÓN DE LOS ASPIRANTES PARA LA REALIZACIÓN DE LA FASE DE PRÁCTICAS, en los artículos 26:

Artículo 26. Superación de las fases de oposición y concurso.

1. Resultarán seleccionados para pasar a la fase de prácticas aquellos aspirantes que, una vez ordenados según la puntuación global de las fases de oposición y concurso, tengan un número de orden igual o menor que el número total de plazas convocadas, en el correspondiente cuerpo y especialidad, por la respectiva Administración educativa.

No veo que se diga nada de elaborar listas por tribunales, sino por cuerpo y especialidad. No obstante, miembros de algunos tribunales, de alguna especialidad, sí han dicho a los opositores que habría x plazas por tribunal... Por lo demás, las matemáticas permiten desvelar en qué especialidades se han distribuido por tribunal y en cuál no. La estadistica es inapelable: formula leyes generales, con valor universal. Si se ponen cuatro cestos en el suelo y se tiran 12 manzanas al aire sabemos, antes de hacer la prueba, que no caerán tres manzanas en cada cesto: la probabilidad de que esto ocurra es prácticamente nula. En cualquier IES, y en cualquier materia, el número de alumnos que la supera en cada curso es diferente: no aprueban las matemáticas 12 en cada grupo, sino 20 en uno, 7 en otro... Unos resultados homogéneos hacen pensar inevitablemente en una intervención que tuerce los resultados. Tiene que haber una media y unas desviaciones típicas, etc. En caso contrario... pues que cada cual piense lo que quiera, pero las leyes estadísticas no mienten. Su violación es una prueba más que racional de intervención ajena, divina o humana, pensad lo que queráis.

Lo mismo se sigue de la RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2004, B.O.C.M. Núm. 81, 5 DE ABRIL DE 2004, por la que se convoca el concurso opsición, en su apartado 8:

8. Superación de las fases de concurso y oposición
8.1. Procedimientos de ingreso libre y de reserva de discapacitados.

Se declarará que han superado las fases de concurso y oposición,
aquellos aspirantes que, ordenados según la puntuación global asignada
de conformidad con lo dispuesto en el apartado 7.6 anterior,
les corresponda un número de orden igual o inferior al número
de plazas asignadas al procedimiento por el que participan.
Para la obtención de la puntuación global, la Comisión de Selección
ponderará en dos tercios la puntuación obtenida en la fase
de oposición y en un tercio la puntuación obtenida en la fase
de concurso. El resultado de la suma de ambas fases, una vez
realizadas las ponderaciones, será la puntuación global.

Dado que unas Comisiones reparten las plazas equitativamente a cada tribunal y otras no, alguien debe estar actuando incorrectamente. Yo opino que son los que las reparten. Es absurdo que por coincidir en un tribunal con 10 personas de notable te quedes sin plaza porque en ese tribunal sólo hay 5 plazas... y dado que los principios por los que se deben regular las oposiciones son los de "igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad" me parece intolerable que se pueda actuar de forma que no se respeten esos principios. Eso es todo. Que vengan luego los juristas y decidan, pero desde la perspectiva desde la que en la sociedad entendemos la justicia, la igualdad, etc..., esa forma de actuar no lo sería. Puede que resulte legal, insisto, pero las leyes deben responder a la realidad social, y no al revés. Y si no lo hacen debemos cambiarlas. Y creo que desde una perspectiva sindical es también perfectamente asumible que las leyes cambien.

3) Sobre la devolución de las programaciones se dice en la misma resolución, en el punto:

7.1.4. Recuperación de la documentación presentada.
La documentación que presente el aspirante para la valoración
de méritos en la fase de concurso, podrá ser retirada por los interesados
en el lugar y durante el plazo que se determine por la
Dirección General de Recursos Humanos, únicamente cuando se
trate de documentos originales, siempre y cuando no exista reclamación
por parte de algún aspirante, en cuyo caso podrán ser
retenida a efectos de comprobación o prueba. En el supuesto de
no ser retirada en el plazo que se determine, se entenderá que
el aspirante renuncia a su recuperación decayendo, por tanto, en
su derecho a la misma.
La programación, aunque se trate de documentación original
no será devuelta a los aspirantes por formar parte de la segunda
prueba del proceso selectivo de ingreso, debiendo quedar bajo
la custodia del Tribunal.

Documentación que deberá ser entregada a la Administración, como se dice posteriormente en la misma resolución:

8.7. (...) Un ejemplar de estas listas se elevará al Órgano convocate quedando
el resto de la documentación bajo la custodia de la Unidad
Administrativa que ha gestionado el procedimiento.

En este apartado hay poco lugar para la opinión: parece claro que no se pueden devolver las programaciones a los interesados "por formar parte de la segunda prueba del proceso selectivo de ingreso" debiendo quedar, una vez finalizado el procedimiento, "bajo la custodia de la Unidad Administrativa que ha gestionado el procedimiento", junto con el resto de la documentación (los otros exámens y las actas...). Pero también podría estar equivocado en esto. Bueno, siempre me queda la posibilidad de apuntarme a un cursillo de comprensión lectora (me valdría para los sexenios).

Lo dicho, habrá que seguir luchando por la transparencia en la administración educativa y por una enseñanza pública de calidad...

Todo esto sin ánimo de polemizar.

Saludos y suerte en vuestras reclamaciones.

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[*] posted on 5-8-2004 at 16:55
Os copio más respuestas a ATÓNITO


jp
Guest Group



Ingresado: 26 Noviembre 2003
Mensajes: 190 Escrito el: 02 Agosto 2004 a las 5:09pm | IP registrada

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Yo es la primera vez que me presentaba. No he aprobado. Esperaba aprobar el primer ejercicio y no fue así. Cuando salieron las notas ponderadas recibí con cierto asombro la calificación que pusieron a mi ejercicio. Aún así, ni puedo decir, ni digo que haya habido algún tipo de tongo en las oposiciones. Supongo que mi valoración del examen que realicé era superior a lo que merecía.

No obstante, las consideraciones de carácter legal ( yo tampoco entro en las valoraciones ) que realiza Atónito me parecen bastante juiciosas. Los opositores tenemos que estudiar y los tribunales tienen que evaluar con exquisita profesionalidad. A mi me resultaba curioso al ver las calificaciones del primer ejercicio que hubiese bastantes notas que acabaran en 3 periódico o en 6 periódico. Eso no puede ocurrir si puntuan los 5 profesores ( como están obligados a hacer ) a no ser que los 5 coincidan. Me quedó la sensación de que a lo mejor habían evaluado 3 cada examen o que habían concertado la nota entre todos. También me sorprendió la similitud del número de aprobados por tribunal. Me pareció una chapuza que no todos los opositores a la misma especialidad tuviéramos los mismo temas, sino que dependía de la sede de tu tribunal, ...

Resumiendo, sí bien no puedo hablar de irregularidades entre otras cosas porque para hacer eso hay que tener alguna prueba consistente, si que hablo de la sensación personal de haber notado cierta relajación por parte de los tribunales en el cumplimiento de las bases de la convocatoria. Lo que he leido en otros foros está en la línea de la sensación que yo tuve.

Sin hablar, en mi caso, de irregularidades, creo que la administración si que puede mejorar notablemente en la gestión que realiza de los procesos selectivos. Y espero que lo haga. Ellos son los primeros que tienen que exigirse profesionalidad para que no quede duda de que los principios que rigen la convocatoria son igualdad, mérito y capacidad y no igualdad, mérito, capacidad y el azar como factor importante.

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opositora
Guest Group



Ingresado: 26 Noviembre 2003
Mensajes: 190 Escrito el: 02 Agosto 2004 a las 11:55pm | IP registrada

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Yo me presentado este año por segunda vez, y no dudo de la integridad del tribunal, pero quiero apoyar a atonito, y estoy con él, en casi todos los puntos.

Suspendí y no me lo tome mal ya que somos muchos y mi examen no tiene porque ser de los mejores, y la nota seguro que la ajustan al total de gente que quieren aprobar según las plazas que la Administración saca. Mucha casualidad que casi todos los tribunales aprueben al mismo numero de gente aproximadamente. El primer examen nunca dude de tenerlo aprobado, pero estaba suspendo, pero resalto que estoy mas que segura que no se me ha corregido objetivamente, y que como comento a continuación que todos los miembros del tribunal estuvieran capacitados para corregirmelo.

También quiero recalcar que el actual sistema de oposiciones, asi como el anterior no me parece para nada igualatorio para todos los opositores. Sé como docente interino que lo más dificil de nuestra profesión es evaluar a un alumno, por esto la importancia de la evaluación continua, para ser lo más justo en evaluar a los alumos todos por igual.

No tengo ni idea como cada tribunal se las ingeniará para corregir los ejercicios prácticos e incluso teóricos, pero me gustaría saber como pueden corregir cada uno de los miembros de un tribunal un ejercicio práctico del cual seguro que en alguno de los casos, por no de decir en la mayoria para no ofender a nadie, desconocen como hacerlo, aunque se les aporte la solución, siempre hay una y mil soluciones a un ejercicio. ¿¿¿¿¿???????

Bien es sabido que un medico de cabecera sabe un poco de todo para orientar al enfermo y atenderle correctamente, pero que son los especialistas los que te pueden asegurar las cosas. Pues bien en la especialidad de informática es igual, puedes tener conocimientos generales de las cosas, pero es imposible dominar todo lo que hay que saber para aprobar una oposición, ya que como es lógico siempre que se pueda el funcionario no va a cambiar de materia a impartir, por lo que cada año imparten el mismo módulo. y aunque en su dia lo supiesen, todo lo que no se repasa se olvida, por lo que en esto me baso para decir que es imposible que un ejercicio sea evaluado objetivamente, cuando es posible que el tribunal que te toque desconoce como corregir ese ejercicio, aunque tenga las posibles soluciones. Luego con esto, quiero decir que no siempre todos los tribunales estan formados por las personas correctas para evaluar al opositor, aunque quiero resaltar que esas personas sean unos perfectos docentes y dominen su materia, que no tiene porque ser la que ellos tengan que corregir. Cada cual medite lo comentado.

¿Cual es el mejor método? No lo sé, no sé cual es el más objetivo, yo según la materia impartida empleo uno u otro, pero esto en un sistema de oposición es imposible. Pero si considero importante que quién me examine domine cada uno de los ejercicios que a mi se me pide para que sepa aplicar una calificación u otra según las soluciones presentadas por el opositor.

También pienso, aunque yo sea uy nerviosa y no me ayude para nada este tipo de oposición, los ejercicios nunca deben ser escritos, sino como antiguamente debe ser encerronas donde el docente no solo domine los contenidos sino que sepa transmitirlos, ya que en ello va la importancia de la calidad de la educación. Luego porque no dejarlo reducido a la segunda prueba donde el futuro docente no solo defienda su programación sino que transmita los conocimientos del tema a impartir.

Gracias a todos.



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Emma Goldman
Senior Member



Ingresado: 11 Diciembre 2003
Mensajes: 128 Escrito el: 05 Agosto 2004 a las 3:31pm | IP registrada

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Hola a todo el mundo.

Yo también quisiera apoyar a Atónito, y más: expresarle mi agradecimiento, admiración y respeto por su análisis. Yo estaba desbordada, quería escribir justamente sobre eso, y estaba cansada de decirlo pero no conseguía redactarlo. Agradecer a Atónito que haya escuchado a gente como yo, a la gente que hemos estado en el proceso, observándolo además, y diciendo todo lo irregular e ilegal que estaba pasando.

En este foro puse algunos mensajes al respecto, por ejemplo, el que demostraba citando la ley que era ilegal que no hubiera lectura pública, mensaje al que nadie respondió (¿no interesó?), ni para decirnos si, p.e., en el sindicato iban a hacer algo al respecto o qué. Da miedo, la verdad.

Yo ahora estoy mejor, he hablado con mucha gente y ayuda. Asumimos que seremos interinas/os hasta que cambien las tornas para la pública, que no sé si será algún día, pero puedo decir que, efectivamente, todo lo que comenta Atónito es comprobable, basta con hablarnos. Por ejemplo, la presidenta de nuestro tribunal nos dijo que iban a dar cinco plazas por Tribunal, el día de nuestra encerrona!!!, ante lo cual yo no sabía si era pesadilla o realidad, lo flipé. Y he comprobado lápiz en mano que así ha sido. Sé que esto no le interesa a la Asesoría Jurídica porque ya en el 2002 fui en nombre de unas 15 personas para ver si podíamos hacer algo y nos dijeron que no, como siempre. Tengo en mi poder, además, mi bonita programación, las tres copias que entregué.

Espero que la cosas en el sindicato cambien cuanto antes, porque esto no es así, no debería ser así. Sé que si la gente no se sindica, los sindicatos no tienen fuerza. Lo he expuesto en mensajes anteriores, que no han interesado a nadie, tampoco, como las campañas baratas y participativas en defensa de la pública que proponía o tantas otras cosas. Pero de qué sirve que la gente lo haga, como yo misma aquí, si te enfrentas a un lugar donde no hay interés por lo que planteas de lucha por los derechos laborales, porque ya tienen su plan. Será que nuestros representantes tienen ya funciones muy definidas y están desbordados, pero hay algo que falla cuando la gente afiliada plantea cosas que conoce a fondo y no hay respuesta. Lo digo con desánimo, claro, no con mala leche, de hecho, a pesar de pensar esto aquí llevo varios años.

Muchas gracias, Atónito. Haré con tus mensajes un PÁSALO. De hecho, ya los he copiado en un forito que tenemos un grupo de personas de secundaria.

Y ojalá que mi sindicato asuma este análisis en lugar de cuestionarlo con frases a la defensiva. Estamos cansadas/os de que nos insinúen que no lo habremos hecho tan bien, sería ofensivo si así lo tomáramos, claro; de que nos digan a cada paso que no hay nada que hacer, o cosas peores, todas sin razones que las fundamenten y haciendo como que cuestionan posturas que se presentan, justamente, con fundamentos, como hemos leído arriba.

Ánimo a la gente interina en especial. Desde mediados de los noventa, nos estamos tragando los peores años de la pública (partiendo de los efectos de que a la logse no le dieran los recursos mínimos necesarios para su desarrollo, que nos volvieron locas/os con "este pequeño detalle" ) y las arbitrariedades más asombrosas de las "autoridades".

Saludos a todo el mundo
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[*] posted on 5-8-2004 at 17:03
Emma Goldman explicó por qué era ilegal que no hubiera lectura pública


Emma Goldman

Mensajes: 128 Escrito el: 08 Junio 2004

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Dicen que parece ser que no vamos a leer el ejercicio una vez escrito, lo que es ilegal porque haría que no fuera una prueba pública. Harán esa barbarie de Andalucía, que se reparten los exámenes y cada cual pone la nota que quiere... No se puede hacer eso, esto es una pesadilla. ¿Sabéis si se va a hacer algo?

Gracias

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Emma Goldman
Senior Member

Mensajes: 128 Escrito el: 08 Junio 2004

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Justamente, lo que diferencia las Opos de secundaria de otras es que son públicas de verdad. Es nuestra única garantía de proceso transparente. 5 o 4 s y su media, quitando las extremas si se llevan más de 2 o 3 puntos o lo que sea. Una garantía. No pueden quitar eso así como así, supongo, no? Sería totalmente antidemocrático, una vuelta al oscurantismo, facilitarle el camino a la gente sin escrúpulos que pudiera tener la oportunidad de manipular las cosas ilegítimamente.

¿Cómo puede ser que a 7 de junio se pueda no saber que quizá no nos dejan leer públicamente el ejercicio escrito?


Emma Goldman
Senior Member

Mensajes: 128 Escrito el: 08 Junio 2004

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BOE núm. 51 Sábado 28 febrero 2004


REAL DECRETO 334/2004, de 27 de febrero,
por el que se aprueba el Reglamento de ingreso,
accesos y adquisición de nuevas especialidades
en los cuerpos docentes que imparten
las enseñanzas escolares del sistema educativo
y en el Cuerpo de Inspectores de Educación.


REGLAMENTO DE INGRESO, ACCESOS Y ADQUISICIÓN
DE NUEVAS ESPECIALIDADES EN LOS CUERPOS
DOCENTES QUE IMPARTEN LAS ENSEÑANZAS
ESCOLARES DEL SISTEMA EDUCATIVO Y EN EL CUERPO
DE INSPECTORES DE EDUCACIÓN

TÍTULO II
Normas comunes a todos los procedimientos

CAPÍTULO I

De los principios rectores y de los órganos
convocantes

Artículo 2. Principios rectores de los procedimientos.
Todos los procedimientos regulados en este reglamento
se realizarán mediante convocatoria pública y en
ellos se garantizarán, en todo caso, los principios de
igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
Los procedimientos a que se refiere este reglamento
se regirán por las bases de la convocatoria respectiva,
que se ajustarán, en todo caso, a lo dispuesto en este
reglamento y a las demás normas que resulten de aplicación.

NOTA MÍA. No hay que confundir que la convocatoria sea pública con el principio de publicidad, como queda claro en este Artículo 2 que regula el proceso. Los ejercicios sean leídos y valorados por los miembros del Tribunal en secreto es totalmente contrario al principio de publicidad.


Emma Goldman
Senior Member

Mensajes: 128 Escrito el: 08 Junio 2004

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Perdón el mensaje roto, pero no lo puedo editar para juntarlo todo. Los cuatro son uno.

Es decir: sí sabemos que la Opo va a ser pública, y sí sabemos que vamos a leer nuestros ejercicios. No pueden cambiar un Real Decreto ahora, ¿quién lo haría? Sería prevaricación, porque publicaría una norma sabiendo que va contra la ley de rango superior.
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