Indignante: nos pueden echar si no les molamos!
Se han salido con la suya: al principio fue una anotación final o algo. Ahora es todo un punto en la Resolución del 12 de marzo:
5.9. Además de las causas de exclusión contempladas en el Acuerdo Sectorial del personal docente de Cuerpos LOGSE al servicio de la Administración de
la Comunidad de Madrid, será excluido de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad, una vez finalizado el nombramiento,
aquel funcionario interino que haya mostrado un rendimiento insuficiente o una evidente y documentada falta de capacidad funcional para el desempeño
de las tareas docentes.
LA GENTE INTERINA SOMOS FUNCIONARIAS/OS INTERINAS/OS, por lo que no es necesario inventarse una cláusula para echarnos si somos incompetentes: basta
con aplicarlos el no sé qué de la función pública.
¡BRRR!
Esta cláusula puede hacer que la gente interina pueda andarse con más pies de plomo en sus relaciones con las y los profes, acercándonos a esa
práctica terrible que es lo que nos diferenciaba de la privada, hablando en general (ya sé que gente buena hay en todos lados).
|